▶️ Especificaciones comunes a todas las placas o distintivos.
a) El material de las placas será:
- Placa tipo estándar: base de chapa de acero galvanizado de 1´2 mm de espesor, con plegado de 15 mm vértices soldados con soldadura eléctrica, vinilo laminado LM04SB
- Placa tipo especial: aluminio de 8 mm. de espesor y tratamiento en serigrafía esmalte y bicapa.
b) El tamaño de las placas será de 40 x 40 cm, excepto la definida en el artículo 2.2, que será de 40 x 9´4 cm.
c) En la parte inferior de la placa existirá una franja de color Pantone 7545 C (gris), donde en su mitad izquierda figurará el escudo de la Región de Murcia y la frase «Región de Murcia», en caracteres negros; y en la mitad derecha la dirección www.murciaturistica.es, en caracteres blancos.
d) En la franja superior, sobre el fondo de color que a cada tipo de establecimiento le corresponde y en caracteres blancos, figurará: el símbolo correspondiente al establecimiento o, en su caso, el símbolo repetido en número de veces según la categoría que le haya sido otorgada por la Administración turística regional; una letra o letras identificativas; y la palabra o palabras relativa la actividad que se presta.
▶️ DOCUMENTACIÓN OFICIAL
▶️ Obligatoriedad de exhibición de distintivos
Los establecimientos turísticos a los que les es de aplicación la presente Orden, que se encuentren en funcionamiento a la fecha de su entrada en vigor, deberán de exhibir la placa normalizada que según su actividad, clasificación, grupo y categoría le corresponda, en el plazo de seis meses.
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